Mamá Medicare


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Política BPA Medicare

POLITICAS POL V 1
BUENAS PRACTICAS DE ALIMENTACIÓN DEL LACTANTE Y NIÑO/A PEQUEÑO/A

Vigencia:
La siguiente política tiene vigencia a partir del 1°de Octubre de 2011.

Objetivo:
Asegurar los lineamientos en la Buenas Prácticas de Alimentación, difundirla entre los usuarios y funcionarios de la institución.

Alcance:
Usuario y funcionarios médicos y no médicos de la institución.

Lineamientos Básicos:
Esta Institución de salud promueve, protege y apoya la lactancia materna como elemento básico del cuidado de la salud del binomio madre - hijo.

Nuestro objetivo principal es que, mediante una decisión informada y salvo razones médicas excepcionales que lo fundamenten; todas las madres ejerciten el derecho de amamantar a sus hijos y todos los niños puedan ser amamantados en forma exclusiva hasta los 6 meses de edad.

La implementación en esta institución de salud del Programa de Apoyo a la Lactancia Materna constituye una herramienta eficaz para lograr este objetivo.

En la Institución se realizan las siguientes actividades:

• Cursos de capacitación en lactancia materna para todo el personal que presenta contacto directo con el binomio madre-hijo.

• Actualizaciones periódicas en lactancia materna para todo el persona que ya ha realizado el curso: enfermeras, médicos, administrativo, etc. en contacto con la embarazada, puérpera y recién nacido.

• Información para socios disponible en página Web sobre lactancia.

• La Institución cuenta con Consultoras en Lactancia que realizan asesoramiento teórico y práctico las madres de bebes recién nacidos sanos y enfermos, como así también a funcionarios/as. Bajo los lineamientos de la Norma Nacional de Lactancia Materna según la Ordenanza Ministerial N°217/ 09 y la Declaración Conjunta OMS / UNICEF (1989) y el Código Internacional de Comercialización de sucedáneos de la Leche Materna, ésta institución de salud no permite ningún tipo de promoción de sucedáneos de la leche materna hacia los pacientes ambulatorios ni internados. Tampoco se facilita al personal de salud muestras de alimentos o leches artificiales para lactantes, o de otros productos comprendidos en el Código Internacional de Comercialización de sucedáneos de la Leche Materna, salvo cuando sea debidamente fundamentado por razones médicas. En los casos en que sea necesario indicar alguna leche artificial, se hará exclusivamente bajo receta médica con firma aclarada.

Para garantizar y monitorear el cumplimiento de esta política Medicare integra un Comité de Lactancia Materna, formado por un equipo multidisciplinario en conjunto con el equipo de Lactancia del Hospital Británico.

El Comité se reúne cada 15 días para organizar actividades de capacitación, evaluar la marcha del Programa y consensuar normas y rutinas de los servicios de salud extra e intra hospitalarias.

Este Documento se encuentra a disposición de todo el personal para que pueda incorporarlo como herramienta en su práctica cotidiana. El personal, temporario o permanente, que se incorpora a la institución es informado de esta política.

Difundir esta política hacia los usuarios es parte esencial de su aplicación. Esta difusión se realiza en forma integrada en la atención de salud propiamente dicha y también a través de actividades y/o materiales educativos.




Esta institución promueve los 12 pasos de las
buenas prácticas de alimentación:

1. La institución cuenta con una política explícita que promociona, protege y apoya las buenas prácticas de alimentación del lactante y del niño/a pequeño/ a y ésta es sistemáticamente puesta en conocimiento de todo el personal y es accesible a los usuarios.

2. El equipo de salud está capacitado para instrumentar esta política.

3. En la atención de la mujer embarazada, el equipo de salud:
• Facilita y promueve los controles.
• La suplementa con hierro.
• La orienta para mejorar su alimentación.
• Incluye sistemáticamente el examen de mamas en la consulta obstétrica, y lo registra en el carné de control de la embarazada.
• Difunde el derecho de ser acompañada por el padre o quien ella elija durante el parto.

4. El equipo de salud promueve entre las mujeres embarazadas:
• Los beneficios de la lactancia materna y la importancia de la libre demanda.
• Los beneficios del contacto piel a piel y el valor de prender el bebé al pecho lo antes posible después del parto.
• La lactancia materna exclusiva hasta el sexto mes y el inicio de la alimentación complementaria.
• Las adecuadas técnicas de lactancia, incluyendo la extracción manual y la conservación de la leche.

5. El equipo de salud:
• Promociona y facilita la concurrencia del niño/a a los controles.
• Permite la participación del padre, madre y/o referente familiar en la consulta del niño/a.
• Jerarquiza que la familia comprenda la evolución del crecimiento de su niño/a.

6. El equipo de salud observa directamente la técnica de amamantamiento durante los primeros controles del niño/a; tiene las habilidades y destrezas para detectar los factores de riesgo y actúa en consecuencia.

7. El equipo de salud, promueve y estimula entre las madres de los lactantes:
• la lactancia a libre demanda;
• la lactancia materna exclusiva hasta que el niño/a cumpla 6 meses;
• la introducción oportuna de la alimentación complementaria;
• la prolongación de la lactancia hasta los 2 años de vida del niño/a.

8. Está en conocimiento de las escasas razones aceptables para prescribir otro alimento o bebida que no sea la leche materna a los menores de 6 meses.

9. El equipo de salud asesora a la mujer sobre técnicas de extracción y conservación de la leche y sobre los recursos necesarios para resolver la separación temporaria de su bebé.

10. El consultorio promociona la introducción de alimentos complementarios adecuados e inocuos a partir de los 6 meses.

11. El consultorio cuenta con un sistema propio de apoyo y promoción de la lactancia materna.

12. El consultorio respeta y el equipo de salud conoce y aplica el Código de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna.